FUNCIONES DE LA SECCOR
Se encuentran establecidas en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, Reglamento de la Ley 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud.
Artículo 11º.- Secretaría de Coordinación - SECCOR
La Secretaría de Coordinación presta apoyo administrativo al CNS y depende del pliego del Ministerio de Salud. Tiene las funciones siguientes:
| a) |
Prestar apoyo al CNS y CN para su funcionamiento. |
| b) |
Llevar las actas del CNS. |
| c) |
Participar en las sesiones del CNS y CN con derecho a voz. |
| d) |
Proporcionar la información que requieran o soliciten los miembros del CNS CN con relación al contenido de las sesiones. |
| e) |
Designar a los miembros de la SECCOR responsables de la coordinación en cada uno de los CN. |
| f) |
Apoyar el proceso de coordinación para el cumplimiento de los acuerdos del CNS. |
La SECCOR está integrada por el Secretario de Coordinación y Coordinadores requeridos, designados por el CNS a propuesta del Ministro de Salud, por un período de un año, renovable.