La Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el sector Salud los componentes, procesos y subprocesos de la Política Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres. Coordina con los órganos competentes del Ministerio de Salud, la atención de las emergencias sanitarias que correspondan; así como, la prevención y control de riesgo de desastres.
¿Por qué una Oficina de Defensa Nacional en el Ministerio de Salud?
La Ley del Sistema de Defensa Nacional (Decreto Legislativo N° 743) establece en su Artículo 48° que “Los Ministerios y Organismos Públicos planean, programan y ejecutan las acciones de Defensa Nacional de sus específicas responsabilidades. Para el cumplimiento de sus funciones cuentan con Oficinas de Defensa Nacional que dependen de la más alta autoridad de su entidad.”
Por otro lado, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil (D.S. N° 005-88-SGMD) señala en su Artículo 13° que “Conforme a la Ley, es obligatorio que en cada Organismo del Sector Público se ejerza la función de Defensa Civil. La jerarquía de la unidad orgánica que se constituya depende de la complejidad, cobertura y magnitud del organismo. De modo general el presente Reglamento las denomina Oficinas.”
Además, la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional (Ley N° 28748) establece que “Los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales son los elementos de ejecución del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, encargados de planear, programar, ejecutar y supervisar, las acciones de defensa nacional, en las áreas específicas de responsabilidad. Para el cumplimiento de estas funciones cuentan con oficinas de defensa nacional, que dependen de la más alta autoridad de la institución.”
En cumplimiento de lo mencionado, Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud (Digerd) , encuentra su razón de ser y sus dos campos de acción.
La Defensa Nacional es el primer campo de acción y consiste en identificar los factores que dificultan el logro de los objetivos nacionales, sectoriales e institucionales de mejores niveles de salud, especialmente en los estratos de menor desarrollo relativo y en las poblaciones de las comunidades nativas. Una vez identificadas esas dificultades, se proponen las acciones destinadas a superarlas, además de facilitar la ejecución de dichas acciones.
El segundo campo de acción hace referencia al manejo de emergencias y desastres que alteran significativamente la situación de la salud de la población y la capacidad de oferta de los servicios de salud. Aquí, la gestión se orienta a un conjunto de actividades de carácter preventivo y de mitigación, de respuesta o de recuperación de las condiciones normales: antes, durante y después de la emergencia, desde la perspectiva de salud.