Funciones
Son funciones de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud las siguientes:
- Formular y proponer lineamientos y estrategias en materia de salud relacionadas a los procesos de prevención, reducción del riesgo y preparación con el fin de procurar una óptima respuesta en el caso de desastres.
- Coordinar con los órganos competentes del Ministerio de Salud, las estrategias para emergencias sanitarias que correspondan; así como las acciones de prevención y control de riesgo de desastres, con la finalidad de proteger la salud de la población.
- Formular y proponer acciones de primera respuesta en salud, de acuerdo a la Política Nacional de la Gestión de Riesgo de Desastres.
- Formular y proponer lineamientos, mecanismos, instrumentos en materia de salud, para apoyar a los gobiernos regionales en la incorporación de la Gestión de Riesgo de Desastres en sus procesos de estimación de riesgo, prevención del riesgo, reducción del riesgo, en coordinación con el CENEPRED y el INDECI.
- Ejercer la Secretaría Técnica y gestionar el funcionamiento del Grupo de Trabajo con la finalidad de establecer y ejecutar un conjunto de actividades esenciales para responder en materia de salud a situaciones de desastres.
- Asesorar en materia de Gestión de Riesgo de Desastres, Seguridad y Defensa nacional, en el sector Salud.
- Realizar las actividades y acciones relacionadas a los procesos de la Seguridad y Defensa Nacional en el sector Salud, de conformidad a la ley de la materia, a nivel sectorial e institucional.
- Formular, proponer y establecer lineamientos relacionados al proceso de planeamiento y preparación del proceso de movilización nacional y desmovilización, en el sector Salud.
- Dirigir y activar el Centro de Control de Emergencia del Ministerio de Salud en caso de emergencia y desastres.
- Desarrollar los procesos de prevención, reducción del riesgo y preparación con el fin de procurar una óptima respuesta en el caso de desastres, en el ámbito de los establecimientos de Lima Metropolitana.
- Emitir opinión en materia de su competencia.
- Brindar asistencia técnica y capacitación a los diferentes niveles de gobierno, en materia de su competencia.
- Promover estudios, investigaciones y evaluaciones en materia de seguridad y defensa nacional así como de la gestión del riesgo de desastres.
- Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y aquellas que le asigne el/la viceministro/a de Salud Pública.
Art. 92 – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud (D.S 008-2017-SA)