¿Qué requisitos mínimos debe cumplirse para presentar una queja, consulta o sugerencia?
- Deben indicarse los datos de identificación de la persona que la presenta: Nombre, apellidos, número de documento de identidad, domicilio y teléfono (sólo en caso de tener éste último).
- Formular de manera clara la materia objeto de la queja, consulta o sugerencia, señalando en el caso de quejas la forma, fecha y lugar en ocurrieron los hechos.
- La materia de la queja, consulta o sugerencia debe ser de competencia del MINSA.
¿La formulación de una queja es un recurso administrativo?
- No constituye recurso administrativo, procedimiento administrativo ni procedimiento administrativo sancionador ni recurso de queja administrativo.
- Por tanto, las respuestas e informes que emite los órganos del MINSA no pueden ser materia de impugnación.
¿La DST puede intervenir de oficio?
Sí, la DST puede intervenir de oficio cuando exista peligro sobre la vida o se encuentre en riesgo la salud de las personas o cuando existan indicios de hechos o actos que atenten contra la ética y transparencia en la gestión administrativa del Ministerio de Salud .
¿En qué casos la DST no interviene?
Cuando la materia de la queja se encuentre siendo investigada o esté pendiente de resolución, o se encuentre resuelto por los órganos competentes de la administración, de alguna de las Direcciones u Oficinas Generales, Direcciones Ejecutivas, por los Órganos Desconcentrados o los Organismos Públicos Descentralizados del Ministerio de Salud, órganos jurisdiccionales o la Defensoría del Pueblo.
¿La Defensoría de la Salud y Transparencia puede sancionar?
No, la DST no tiene potestad para sancionar. Su función es de cooperar en la formulación de mejoras en la atención de salud y salvaguardar la ética y transparencia en el Ministerio de Salud.
Todas las dependencias del Ministerio de Salud están en la obligación de cooperar con la DST cuando lo requiera, estando obligadas todas las dependencias del Ministerio de Salud a entregar la información solicitada en el tiempo requerido.
Sí puede realizar recomendaciones al Despacho Ministerial en los asuntos que ameriten su conocimiento.
¿Existe plazo para presentar una queja?
No, puede presentarse en cualquier momento, debiendo procurarse evitar esperar a que peligre la vida o se encuentre en riesgo la salud de la persona.
¿Cuál es el plazo para atender una queja?
El plazo legal establecido para atender una queja es de 30 días hábiles.
¿Cuál es el plazo para atender una consulta?
Las consultas se atienden en el momento en que son formuladas. Si se presentan por escrito deberán responderse en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
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