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Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo en Linea

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Preguntas Frecuentes

DATOS DE LA MADRE

  1. En caso de madres peruanas sin documentos originales de identidad
    1. Además, la madre deberá firmar una declaración jurada que se archivará como parte de la historia clínica de la madre (en el marco del artículo 49 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General cuyo Texto Único Ordenado es aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS). Ver modelo de Declaración Jurada en el link: https://files.minsa.gob.pe/s/YKXngWc8E2GqDrj.
    2. Cuando la madre solo porta fotocopia del acta de nacimiento, se registra en el CNV, en la pregunta “Tipo de documento” la opción “ACTA DE NACIMIENTO” y se registra el número del documento en fotocopia o el declarado por la madre. Si la emisión del certificado es en formato de papel, en la pregunta “Documento de identidad” se marca la opción “Otro”. El resto de datos del certificado de nacido vivo se registran de manera regular en base a lo declarado por la madre.
      Además, la madre deberá firmar una declaración jurada que se adjuntará en la historia clínica de la madre. Ver modelo de Declaración Jurada en el link: https://files.minsa.gob.pe/s/YKXngWc8E2GqDrj.
    3. Cuando la madre no cuenta con ningún documento de identidad en original o fotocopia, se registra en el CNV, en la pregunta “Tipo de documento” la opción “IGNORADO” y se deja en blanco el número de documento. Si la emisión del certificado es en formato de papel, en la pregunta “Documento de identidad” no se marca ninguna opción y se coloca la palabra “IGNORADO” en la sección correspondiente al número del documento de identidad. El resto de datos del certificado de nacido vivo se registran de manera regular en base a lo declarado por la madre.
      Además, la madre deberá firmar una declaración jurada que se adjuntará en la historia clínica de la madre. Ver modelo de Declaración Jurada en el link: https://files.minsa.gob.pe/s/YKXngWc8E2GqDrj.
  2. ¿Puedo cambiar la dirección del domicilio de la madre?

    Si, la madre lo indica si es posible cambiarlo es el único campo que ha sudo habilitado por RENIEC igualmente deberán mostrar un documento que sustente su nueva dirección guardando una copia.

  3. En caso de madres extranjeras sin documentos originales de identidad
    1. Cuando la madre solamente porta fotocopia del documento de identidad, se registra en el CNV, en la pregunta “Tipo de documento” la opción que corresponda al tipo de documento de identidad mostrado en copia (“PASAPORTE”, CARNET DE EXTRANJERIA” o “DI DEL EXTRANJERO”) y se registra el número del documento en fotocopia. Si la emisión del certificado es en formato de papel, en la pregunta “Documento de identidad” se marca la opción “CE”, “Pasaporte” u “Otro” según corresponda. El resto de datos del certificado de nacido vivo se registran de manera regular en base a lo declarado por la madre.
      Además, la madre deberá firmar una declaración jurada que se adjuntará en la historia clínica de la madre. Ver modelo de Declaración Jurada en el link: https://files.minsa.gob.pe/s/YKXngWc8E2GqDrj.
    2. Cuando la madre no cuenta con ningún documento de identidad en original o fotocopia, se registra en el CNV, en la pregunta “Tipo de documento” la opción “IGNORADO” y se deja en blanco el número de documento. Si la emisión del certificado es en formato de papel, en la pregunta “Documento de identidad” no se marca ninguna opción y se coloca la palabra IGNORADO en la sección correspondiente al número del documento de identidad. El resto de datos del certificado de nacido vivo se registran de manera regular en base a lo declarado por la madre.
      Además, la madre deberá firmar una declaración jurada que se adjuntará en la historia clínica. Ver modelo de Declaración Jurada en el link: https://files.minsa.gob.pe/s/YKXngWc8E2GqDrj.
  4.  

    DATOS ADICIONALES DE LA MADRE

  5. ¿Por qué cuando busco la ocupación de la madre no aparece?

    La búsqueda de la ocupación tiene que realizarse en masculino

    Considerar que una ocupación es aquello que genere ingresos económicos, no gastos (estudiante, universitario etc.).

    El sistema es intuitivo en la búsqueda de ocupaciones, por lo tanto al tipear nombres cortos se mostrará una lista de las diferentes ocupaciones que contengan las iniciales ingresadas.

  6. ¿Si la madre no recuerda la fecha de nacimiento de su penúltimo hijo, que debo hacer?

    Dejar este campo en blanco, por ser un dato referencial.

  7.  

    DATOS DEL NACIMIENTO

  8. ¿Qué sucede si me equivoco escribiendo los datos del nacimiento?

    Verificamos que tipos de datos son los errados, de ser: sexo, peso, talla, fecha, hora, Apgar, duración de embarazo en semanas, estos podrán ser modificados por el perfil Registrador, asumiendo la responsabilidad de lo corregido.

    En caso de ser otros los tipos de datos a corregir deberán ser modificados por el Supervisor Designado ”Previo Sustento”, detallado en el cuaderno de registro de modificaciones firmando el solicitante su requerimiento.

  9. ¿Los datos del ubigeo, nombre y dirección del lugar de nacimiento puedo modificarlos?

    No se deben modificar, a cada usuario se le ha asignado un establecimiento de salud dependiendo a donde corresponda, de modificarlos podría estar incurriendo en la creación de un certificado con información falsa que podría conllevar a problemas legales.

    En los casos de partos domiciliarios, serán registrados previo sustento y constatación del parto de quien lo registre bajo responsabilidad ante algún inconvenientes que pueda presentarse (administrativa o legal).

  10.  

    DATOS DEL PROFESIONAL QUE CERTIFICA EL NACIMIENTO

  11. ¿Quién debe generar el CNV?

    Según la RM N°148-012/MINSA todo aquel profesional de la salud que atiende o constata un parto (Médicos, Obstetras)

  12.  

    OTRAS PREGUNTAS

  13. ¿Qué hacer cuando se bloquea mi usuario?

    Desde la cuenta de correo brindada para la creación de su acceso enviará un mensaje a Mesa de Ayuda Nacimientos – MINSA cuya cuenta es: [email protected], con el asunto "Desbloqueo de cuenta" de no contar con el cuadro de desbloqueo le enviaran los datos requeridos para la atención de lo solicitado.

  14. ¿Se puede anular un Certificado?

    Solo el Supervisor Designado con RM o Memo puede anular un CNV, previo sustento bajo responsabilidad ante algún inconveniente que pueda presentarse (administrativo o legal).

    El supervisor lo detallará en el cuaderno de registro de correcciones de CNV firmado por el solicitante.

  15. ¿Cómo un Personal nuevo puede tener acceso al Certificado Nacido Vivo en Línea “CNV”?

    El Supervisor(a) y estadístico del establecimiento coordinaran ante DIRESA con los responsables del Sistema CNV – Oficina de Estadística e Informática de DIRESA (RM Nº148-2012/MINSA), cuando se requiera agregar un personal nuevo

    Igualmente si se requiere dar de baja al personal que deja de laborar en la institución el procedimiento se gestionara ante DIRESA de su jurisdicción quienes enviarán de manera escaneada los documentos de solicitud a Mesa de Ayuda del MINSA a la cuenta [email protected].

    Los responsables de DIRESA o GERESA enviarán los documentos escaneados a Mesa de Ayuda Nacimientos los siguientes 04 archivos:

    1. Solicitud dirigida al Director General de Estadística e Informática del MINSA
    2. Designación del Acceso a Supervisor del Sistema “CNV” (NO la designación al servicio de obstetricia).
    3. Cuadro con los datos de profesional Registrador, Supervisor y Consultor con la firma y sello del jefe de establecimiento.
    4. Archivo Excel con datos (XLS)
  16. ¿Qué hacer cuando la madre solicita la copia del CNV?

    No se entrega otro certificado, según Norma el certificado se emite una sola vez, la madre solicitará por vía regular una Constancia con datos del parto adicionando el número del Certificado del Nacido Vivo ubicado debajo del código de barras.

  17. ¿Si se bloquea mi usuario como solicito DESBLOQUEO?

    El propio usuario bloqueado enviara un mensaje desde la cuenta de correo brindada para la creación de su acceso a Mesa de Ayuda del MINSA a la cuenta [email protected] . No es necesario enviar documento firmado.

    Es responsabilidad del Supervisor subsanar y apoyar al usuario registrador a cargo (médico y obstetras).

    NOTA:

    • Si envía otra cuenta dificultara su atención
    • No se atiende a usuarios que no pertenecen al Sistema CNV al verificar los datos
    • El bloqueo se realiza por 03 razones: por dejar de usarlo, error de tipeo o cada 90 días solicitara actualice su clave.

 

INFORMACION SUPERVISOR

Cada establecimiento cuenta con un SUPERVISOR DESIGNADO CON DOCUMENTO (Resolución o Memorándum) firmado por el jefe del establecimiento y director de DIRESA, por lo tanto son responsables de:

  1. Apoyarlos en su manejo del Sistema
  2. Llevar el control de sus registradores activos y de aquellos que se hayan retirado.
  3. Coordinar con estadística del establecimiento y Oficina de Estadistica e Informática de DIRESA la solicitud de nuevos usuarios y otros.
  4. Verificar y comunicar no deben prestarse sus accesos entre colegas, ni usarlos en un equipo que no sea el de sala de parto o cirugía, (RENIEC reconoce la manipulación realizada por el usuario).
  5. Llevar el control de baja de usuarios de quienes ya no utilizan el sistema y enviar los documentos a los responsables de DIRESA para las gestiones ante el MINSA y RENIEC.
  6. Verificar que cada profesional Médico y Obstetra cuente con su acceso y realice su registro de la atención realizada asumiendo su responsabilidad.
  7. Acostumbrar al profesional a leer sus certificados antes de ser guardados y entregados a la madre, igualmente la madre debe verificar los datos consignados en el CNV.
  8. La Supervisora es el único profesional que cuenta con el máximo acceso en el Sistema designada con RM o Memo.
  9. Al finalizar el día verificar lo registrado, de existir algún error absolverlo a tiempo y evitar inconvenientes a futuro (administrativos o legales)

 

NOTA:
Cada usuario(a) registradores puede modificar solo en los campos de: sexo, peso, talla, fecha, hora, Apgar y duración de embarazo en semanas tienen de plazo 60 días en zona urbana y 90 días en zona rural, siempre y cuando la madre no haya inscrito al recién nacido en RENIEC, una vez que cuenta con Acta de Nacimiento NO PODRA realizar la modificación, este pasa a un tema legal que deberán asumir.

El Supervisor mantendrá capacitado a sus usuarios a cargo sobre el Sistema CNV. Cualquier duda comunicarnos a DIRESA / MINSA y poder apoyarlos.

 

FORMULARIO DE SOLICITUD Y DESBLOQUEO DE USUARIO

Registros


MESA DE AYUDA NACIMIENTOS   

(01) 631-4040

(01) 315-6600

Anexo:

2280, 2279

2304 y 2309

[email protected]

HORARIO DE ATENCIÓN

L - V (08:30 a.m. - 01:00 p.m.)
(02:00 p.m. - 05:30 p.m.)
Proceso de Gestión de Usuarios del SHV

Multimedia

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Horario de Atención: Lunes a Viernes 8.30 a.m. a 4.30 p.m.
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