1. FUNCION BASICA
Es responsable de establecer e implementar las políticas, objetivos y estrategias de la Dirección de Atención Integral de Salud en el ámbito de la Región de Salud Huánuco.
Puede reemplazar al Director Ejecutivo de Salud de las Personas casos de ausencia e impedimento
2. FUNCIONES ESPECIFICAS
a)Proponer las políticas y normas complementarias para la atención integral de salud.
b)Promover y desarrollar modelos, metodologías y tecnologías para la protección, recuperación, y rehabilitación de la salud, con enfoque de calidad.
c)Conducir y controlar las acciones intersectoriales de protección, recuperación y rehabilitación de la salud de las personas en la región.
d)Identificar y proponer los objetivos y metas de largo, mediano y corto plazo en la atención
Integral de salud y desarrollar las estrategias regionales para lograrlos.
e)Difundir, cumplir y hacer cumplir las normas técnicas, protocolos y procedimientos de
Atención Integral en Salud.
f)Supervisar, monitorear y evaluar el logro de los objetivos y metas de Atención Integral en
Salud a nivel Regional.
g)Supervisar y evaluar las diversas estrategias de atención integral de salud, con el propósito de dar solución a las necesidades de salud de la población.
h)Brindar asistencia técnica en la Implementación de Modelos de Atención Integral de Salud a las Direcciones de Red de Salud y Hospitales.
i)Elaborar el Plan Operativo Institucional de la Dirección de Atención Integral de Salud en
Coordinación con el Director Ejecutivo de Atención Salud a las Personas.
j) Ejecutar y evaluar el Plan Operativo de la DAIS.
k)Otras funciones que le asigne el Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Atención Salud a las Personas.
1. FUNCION BASICA
Es responsable de establecer e implementar las políticas, objetivos y estrategias de la Dirección de Servicios de Salud en el ámbito de la Región de Salud Huánuco. Puede reemplazar al Director Ejecutivo de Salud de las Personas casos de ausencia e impedimento.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS
a) Difundir, adecuar, cumplir y controlar la aplicación de normas nacionales de Protección, Recuperación y Rehabilitación de la Salud (producción y oferta; protocolos y/o guías de atención de la salud y de mejora continua de la calidad de la atención; categorización; habilitación y acreditación de los servicios de salud Públicos y Privados).
b) Autorizar, fiscalizar, monitorear y evaluar el funcionamiento de las entidades públicas y privadas que prestan servicios de salud en la jurisdicción.
c) Asesorar de acuerdo a su competencia.
d) Proponer estrategias, metodología e instrumentos para mejorar el funcionamiento de las Direcciones de Red de Salud y Hospitales, en concordancia con la normatividad vigente.
e) Otras funciones que le asigne el Director Ejecutivo de Salud de las Personas..
1. FUNCION BASICA
Es responsable de establecer e implementar las políticas, objetivos y estrategias de la Dirección de Aseguramiento Público en el ámbito de la Región de Salud Huánuco.
Puede reemplazar al Director Ejecutivo de Salud de las Personas casos de ausencia e impedimento.
2. FUNCIONES ESPECIFICAS
a)Definir prioridades regionales de aseguramiento público, en coordinación con los gobiernos locales y conforme a los planes de beneficios establecidos en el nivel nacional.
b) Promocionar el aseguramiento público; supervisar y controlar la afiliación de usuarios, en coordinación con los gobiernos locales.
c) Difundir, aplicar y otorgar asesoría técnica de gestión a establecimientos de su área de acción,
respecto al cumplimiento de normativa y estándares para el reconocimiento de atenciones de salud financiadas por el sistema de aseguramiento público.
d) Promocionar el aseguramiento público, supervisar y controlar la afiliación de los usuarios en coordinación con los gobiernos locales.
e) Difundir, aplicar y otorgar asesoría técnica de gestión a establecimientos de su área de acción, respecto al cumplimiento de normativa y estándares para el reconocimiento de atenciones de salud financiadas por el sistema de aseguramiento público.
f) Efectuar el seguimiento a producción de servicios y transacciones derivadas de las prestaciones que brindan los establecimientos afiliados al sistema de aseguramiento público.
g) Las demás funciones que le asigne el Director Ejecutivo de Salud de las Personas.
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