El contenido de esta página requiere una versión más reciente de Adobe Flash Player.

Obtener Adobe Flash Player

 
 

 

 

Publicaciones del Apoyo Presupuestario al Programa Articulado Nutricional - EUROPAN

 

PATRIMONIO EUROPAN

 

DIRECTIVA TECNICA ADMINISTRATIVA DE ESTANDARIZACION DE EQUIPOS POR CATEGORIA DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE LA DIRECCION REGIONAL DE
SALUD HUANUCO

GENERALIDADES

Articulo 1º.- El Ministerio de Salud establece lineamientos de carácter normativo nacional bajo cuyo marco las autoridades sanitarias a nivel de las regiones deben definir criterios específicos en los diversos aspectos administrativos y operativos que orienten a un desenvolvimiento y desarrollo de procesos adecuados y oportunos en la búsqueda de la mejora de los servicios de atención de salud a la persona, familia y comunidad.

FINALIDAD

Articulo 2°.- Uniformizar el criterio de obtención de tipos de equipamiento y equipos en el proceso de equipamiento de los establecimientos de salud según categoría alcanzado y vigente, prioritariamente de los Programas Presupuestarios Estratégicos Articulado Nutricional y Salud Materno Neonatal.

OBJETIVO

Articulo 3º - Definir un listado de equipos a considerar para los establecimientos de salud según categoría alcanzado.
Articulo 4º. Definir las características básicas de los equipos estandarizados para cada establecimiento de salud según categoría alcanzado.

BASES LEGALES

Articulo 5°.- Constituyen la base legal las siguientes normas:

  1. Ley 26842, Ley General de Salud.
  2. Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
  3. Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
  4. Ley 29124, Ley que establece la Cogestión y Participación Ciudadana para el Primer Nivel de Atención en los Establecimientos de Salud del MINSA y de las Regiones.
  5. Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
  6. D. S. 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley 29151.
  7. D. S. 017-2008-SA. Reglamento de la Ley 29124.
  8. R. M. 588-2005-MINSA, listado de equipos biomédicos básicos para establecimientos de salud.
  9. R. M. 895-2006-MINSA, que adiciona listado de equipos biomédicos básicos.

j) R. M. 148-2013-MINSA, Aprueba documento técnico lineamientos para la elaboración del plan de equipamiento de establecimientos de salud, k) R. M. 546-2011-MINSA, que aprueba la norma técnica de salud categorías de establecimientos de salud.
I) Convenio de Apoyo Presupuestario a Programas Estratégicos.
m) Ordenanza Regional N° 105-2010-CR-GRH, aprueba el ROF de la DIRESA Huánuco..

ALCANCES

Articulo 6°.- Es de aplicación en todos los órganos y dependencias estructurados a nivel de la Dirección Regional de Salud Huánuco, sus dependencias redes de salud operativas y unidades ejecutoras y jurisdicciones ACLAS establecidos a nivel del departamento de Huánuco, y de cumplimiento y observancia obligatoria bajo responsabilidad personal de los directivos inmersos en la gestión de las dependencias administrativas ejecutoras, operativas y de los establecimientos de salud ACLAS.

DISPOSICIONES LEGALES

Articulo 7º.- La Dirección Regional de Salud Huánuco está definiendo un listado de equipamiento a considerarse para cada tipo de establecimiento de salud conforme a la categoría alcanzado Articulo 8º Cada equipo definido como estándar para los establecimientos de salud según categoría alcanzado tiene determinado sus características básicas los que deberán de ser considerados explícitamente en las diversas modalidades de obtención de bienes para la ¡mplementación de los establecimientos de salud según categoría.
Artículo 9º- Los establecimientos de salud del primer nivel de atención al realizar el requerimiento de sus bienes como parte de su ¡mplementación con equipos deberán enmarcarse en la presente directiva en cuanto al tipo de equipos y sus características según su categoría vigente.
Articulo 10º. Las Micro Redes de Salud y las Redes de Salud provinciales no ejecutoras de presupuesto plantearan los requerimientos de equipos, individual y consolidado, conforme al listado y las características por categoría de la presente directiva administrativa.
Articulo 11º.- Las Redes de Salud unidades ejecutoras de presupuesto que tengan establecimientos de salud del primer de atención bajo su administración, para realizar la obtención de equipos deberán observar y cumplir a cabalidad lo que estipula la presente directiva administrativa.
Artictio 12º.- El listado de equipos y sus características según categoría alcanzado por cada establecimiento de salud se define específicamente en los anexos que forman parte integrante de la presente directiva administrativa, como sigue:

    • ANEXO N° 01: Listado de equipamiento de programas prioritarios para establecimientos de salud Categoría 1 -1: un ciento veintidós (122) bienes.
    • ANEXO N° 02: Listado de equipamiento de programas prioritarios para establecimientos de salud Categoría I - 2: un ciento veintidós bienes (122)
    • ANEXO N° 03: Listado de equipamiento de programas prioritarios para establecimientos de salud Categoría I -3: un ciento ochenta y nueve (189) bienes.
    • ANEXO N° 04: Listado de equipamiento de programas prioritarios para establecimientos de salud Categoría I -4: doscientos cincuenta (250) bienes.
 
 
 
 
 
 

 

 

Contadores

Contadores de visitas gratis para webCursosContadores de visitas gratis para web
 

 

   
     

Copyright@2014 - ESNI - DIRESA HUANUCO - Todos los Derechos Reservados

Resp. Actualización del Portal: Lic. Enf Luz Edith Estela y Ponce. Coord.PEAN.